El presente artículo ofrece una aproximación dirigida a futuros empresarios e inversores interesados en la creación de startups, haciendo especial mención a la relevancia del pacto de socios y, en particular, a las cláusulas de consolidación inversa—reverse vesting— y vesting en general. Se analiza su finalidad y funcionamiento práctico, con el objetivo de prevenir conflictos futuros y reducir incertidumbres interpretativas dentro del marco jurídico aplicable.
I. La importancia de elaborar un pacto de socios para nuestra startup
En el proceso de creación de una startup resulta esencial establecer, desde sus inicios, reglas claras que regulen su funcionamiento, la toma de decisiones, la resolución de conflictos y la protección de los intereses de los socios.
La falta de un marco normativo previo puede dar lugar a bloqueos en la toma de decisiones, discrepancias estratégicas y conflictos que, de no tratarse de forma correcta, pueden acabar en mediación o incluso en un procedimiento judicial y, por tanto, en un desgaste económico y de tiempo. Si creemos en un proyecto debemos protegerlo y organizarlo bien desde el principio.
A este respecto, el pacto de socios será la herramienta jurídica esencial para la protección de los intereses entre fundadores e inversiones, destinado a fijar lo que podríamos denominar como: las “reglas del juego” de nuestro proyecto empresarial. Se trata de un documento privado —en su caso, si quisiéramos darle mayor protección, podríamos elevarlo a público— que nos permitirá anticiparnos a determinados y posibles escenarios de conflicto, decisión, así como de pautar y ordenar las relaciones entre los socios, dotando al proyecto de una estabilidad y seguridad jurídica que protegerá su fin y conservación.
Cuanto más detallemos y simplifiquemos su contenido, menos dudas interpretativas tendrán sus cláusulas y, por ende, más fácil será su cumplimiento, asegurando el respeto por los acuerdos alcanzados, especialmente a medida que el proyecto evoluciona y cambian las circunstancias personales y profesionales de los socios, incluso de cara a futuros inversores. Por ello, la negociación y correcta redacción del pacto de socios no debe entenderse como una muestra de desconfianza, sino como una decisión estratégica y profesional orientada a proteger la viabilidad y continuidad del proyecto empresarial.
En este sentido, debemos señalar que la normativa aplicable es escasa y que el contenido de nuestro pacto, esto es, las cláusulas que lo integran estarán sometidas a la autonomía de la voluntad de las partes. No obstante, deberemos tener muy presente el respeto a la normativa societaria y al resto de disposiciones legales aplicables, que será el límite a dicha autonomía de voluntad.
II. Aspectos fundamentales para nuestro Pacto de Socios
Seguidamente, examinaremos aquellos aspectos más relevantes y que habitualmente deben contemplarse en un pacto de socios, poniendo el foco, en las cláusulas vesting como herramienta clave en el contexto de las startups.
1. Porcentaje de participación y mecanismo para su consolidación
Como es conocido, una startup tiene muchas vías por las cuales se puede acceder al capital con el que impulsar su proyecto, por ejemplo; financiación privada, inversiones particulares, préstamos, etc., Entre los mecanismos más habituales encontramos las conocidas rondas de financiación y permiten a la startup recaudar capital para seguir invirtiendo
En este contexto, es primordial tener clara y acordar la distribución del capital social (cap table), incluyendo porcentaje por socio, número total de participaciones y valoración de la compañía. Este documento es clave, ya que determina cómo se ve afectada la propiedad y el control de la empresa ante futuras rondas de financiación, información que los inversores priorizan.
Para definir la distribución, conviene evaluar aspectos como la aportación de cada socio fundador o inversor, sus funciones, el tiempo de dedicación y otras circunstancias relevantes. A partir de este punto, se puede establecer un mecanismo de consolidación de participaciones, conocido como vesting, para asegurar que la propiedad se alinee con el compromiso de cada socio.
2. La protección de nuestra inversión y dedicación: el vesting
En el marco del pacto de socios y, en relación con la distribución de participaciones y dedicación de cada socio en la startup, deberemos tener en cuenta el conocido vesting, ya que se trata de un instrumento contractual que tiene como objetivo proteger al proyecto y garantizar que los socios cumplan con su compromiso en el tiempo que se acuerde, es decir, que abandonar el proyecto de manera prematura tenga una consecuencia previamente pactada.
En el contexto de una startup, distintos socios aportan talentos, ideas y esfuerzos distintos, dentro del proyecto. Por ello, la contribución de cada socio puede variar significativamente, y es normal que los derechos sobre participaciones se condicionen al tiempo dedicado o al cumplimiento de determinados objetivos. Este razonamiento justifica la inclusión de un mecanismo de vesting, que permite vincular la titularidad de las participaciones con la contribución efectiva de cada socio fundador o inversor, evitando desequilibrios y garantizando un reparto proporcional al compromiso y desempeño individual.
Con esto, hacemos que el compromiso de permanencia de los socios quede vinculado a un calendario de consolidación de participaciones. Es decir, la titularidad completa del porcentaje de participaciones depende de que se cumplan las condiciones pactadas. Por ejemplo, imaginamos que vamos a crear una startup y hemos acordado que un socio adquirirá un 25% de sus participaciones una vez transcurrido el primer año, siempre que haya cumplido con ciertas responsabilidades previamente acordadas, por ejemplo: uno se encarga de la marca, otro prepara una presentación formal de la idea y reúne la información, otro realiza un estudio de mercado, etc., y el socio que no lo cumpla, no podrá consolidar esa parte de sus participaciones.
¿Qué conseguimos con esto?
- Que las aportaciones de cada socio queden objetivamente reflejadas según su desempeño.
- Que, si algún socio deja el proyecto antes de lo previsto, se apliquen las reglas acordadas.
- Que haya un compromiso claro de permanencia, dando estabilidad al equipo y seguridad al proyecto.
Según la práctica anglosajona, el vesting se puede fijar en un periodo de 4 años con un año de carencia, esto es, cumplido el primer año de vesting el socio adquirirá un 25% pero de las participaciones que se hayan asignado a dicho socio, momento en el que ya estarán libres. Después, se podrá ir consolidando el porcentaje restante. No obstante, si el socio de dicho 25% del primer año abandonara la empresa antes del año indicado, deberá irse con un 0% por incumplimiento. Si bien, los socios también pueden marcarlo con objetivos concretos que pacten las partes. Todo ello, se concretará en una tabla y normalmente se prevé en caso de incumplimiento una opción de compra al resto de los socios.
En este sentido, cuando hablemos de fundadores que ya poseen participaciones, es decir, fundadores del proyecto o inversionistas iniciales, funciona al revés, tú ya tienes las participaciones consolidadas y las puedes perder, con la aplicación del reverse vesting, acuerdo en el que se pacta que, de no cumplir con ciertas condiciones, la empresa tendrá el derecho legal según acordado de comprarlas de vuelta a precio nominal normalmente.
La concreción en el pacto de lo expuesto será válida siempre y cuando la estipulación que establezca la transmisión de participaciones o modificación de derechos respete las normas de la Ley de Sociedades de Capital y los estatutos de la sociedad, por ejemplo. Como hemos adelantado, podemos concretar y detallar el acuerdo vesting de conformidad con nuestra voluntad, pero no podremos contravenir la normativa aplicable si queremos asegurar su aplicación en un futuro y sobre todo en caso de una situación que presente desacuerdo o duda interpretativa.


